SANTIAGO DE COMPOSTELA, 29 de noviembre.
Un fallo judicial ha marcado un precedente al condenar a un fisioterapeuta a dos años de prisión tras abusar sexualmente de una paciente en una clínica de Santiago de Compostela. Los actos perpetrados en octubre de 2020 fueron considerados por el tribunal como una violación flagrante de la confianza que se deposita en los profesionales de la salud, al realizar tocamientos sin consentimiento y sin ninguna justificación terapéutica.
La Audiencia Provincial de A Coruña, en su sentencia de la sección sexta, ha dado validez al testimonio de la víctima, quien ha tenido que afrontar serias repercusiones psicológicas a raíz de la agresión. En este contexto, se ha determinado que la agraviada recibirá una compensación económica de 10.000 euros, reflejando la gravedad del daño sufrido.
El tribunal, aunque la decisión aún puede ser apelada, ha ratificado que el fisioterapeuta se aprovechó de la vulnerabilidad de la paciente en un momento en el que ella buscaba alivio para sus problemas de espalda. La condena describe cómo el agresor, sin el consentimiento de la mujer y sin motivación relacionada con su tratamiento, llevó a cabo tocamientos en sus partes íntimas, lo que acentúa la naturaleza coercitiva y abusiva de su conducta.
El incidente se volvió crítico cuando la paciente, ante la incomprensible acción del fisioterapeuta, expresó su malestar y le exigió que cesara. En respuesta, el condenado escapó de la responsabilidad al disculparse de manera frívola, sugiriendo que sólo se había "puesto un poco tontorrón" y comentando de forma inapropiada sobre la apariencia física de la víctima.
Las secuelas ocasionadas a la mujer han sido severas, incluyendo insomnio, pesadillas y una creciente inseguridad personal que la ha llevado a una profunda desconfianza hacia los demás. Aunque la intensidad de estos síntomas ha disminuido con el paso del tiempo, no han desaparecido por completo, evidenciando el impacto duradero de la agresión en su vida diaria.
Además de la pena privativa de libertad, el tribunal ha impuesto una orden de alejamiento de cinco años, así como un periodo de libertad vigilada de tres años, reflejando la necesidad de proteger a la víctima y reconocer la gravedad del delito.
Los magistrados subrayaron la fuerza del testimonio de la víctima, que ha demostrado contar con una sólida coherencia y ausencia de motivos espurios, lo que ha permitido derribar la presunción de inocencia del acusado. Su relato ha sido consistente a lo largo de todas sus declaraciones, lo cual ha jugado un papel fundamental en la decisión judicial.
Asimismo, el tribunal resaltó que la declaración de la afectada contaba con corroboraciones importantes, incluso en la ausencia de pruebas físicas, destacando la relevancia de los informes y testimonios de las psicólogas que evaluaron los efectos psicológicos de la agresión. Este caso pone de relieve la importancia de brindar apoyo y justicia a las víctimas de delitos sexuales, así como la necesidad de romper el silencio que muchas veces rodea este tipo de situaciones.
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