El Supremo ratifica la sanción al Sergas por violar los derechos laborales de médicos de atención primaria y pediatras.

El Tribunal Supremo español ha fundamentado su decisión en la protección de los derechos laborales de los médicos de Atención Primaria y pediatras, al ratificar la condena impuesta al Servizo Galego de Saúde (Sergas) por violar estos derechos. La causa de esta condena se originó a raíz de una denuncia presentada por la organización Médicos de Galicia Independientes (O'Mega).
En su resolución, el Supremo ha desestimado los recursos de casación propuestos tanto por el Sergas como por O'Mega, manteniendo firme la sentencia emitida en noviembre de 2022 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
La sentencia original afirmaba que tanto el Sergas como la Consellería de Sanidade habían comprimido los derechos de los médicos en relación a su integridad física y mental, además de incumplir con sus responsabilidades en la prevención de riesgos laborales, la evaluación adecuada de la carga de trabajo y los riesgos específicos enfrentados por estos profesionales.
El tribunal instaba a las entidades implicadas a realizar sin demora la evaluación de riesgos laborales, que abarca la valoración psicosocial necesaria para los médicos de familia y pediatras, quienes están en la primera línea del sistema sanitario.
El contexto de la pandemia de COVID-19 fue crucial en la evaluación del caso, ya que la sentencia señala el impacto que tuvo en las condiciones laborales de los sanitarios, aunque no se contempló una sanción económica debido a la naturaleza de la vulneración de estos derechos fundamentales.
Además, el Supremo rechazó la segunda pretensión de O'Mega, que buscaba establecer un límite del número de pacientes que un médico podría atender en un día, así como el tiempo mínimo dedicado a cada uno. El tribunal consideró que la solicitud sobrepasaba lo que se puede exigir en este tipo de procedimientos, reafirmando la apreciación del TSXG.
Con respecto al recurso del Sergas, el Tribunal Supremo propuso una explicación detallada que incluye cuatro razones. Dos de estas se basaban en la jurisdicción y en la inadecuación del proceso, mientras que las otras se referían a la evaluación de los hechos y la aplicación del derecho en relación a la sentencia en cuestión.
A pesar de los argumentos del Sergas, que afirmaban que casi todos los puestos de trabajo de médicos de familia y pediatras estaban evaluados por expertos en prevención de riesgos laborales, el Tribunal decidió no considerar esta afirmación. El Supremo argumentó que el informe presentado por la Dirección de Recursos Humanos del Sergas carecía de la suficiente evidencia y que ya había sido revisado por la instancia anterior.
En un comunicado posterior a la sentencia, el Sergas contextualizó la demanda en el marco de la pandemia de COVID-19. El organismo destacó que las condiciones de trabajo se volvieron "no habituales" debido a la crisis sanitaria global.
El Sergas defendió que, frente a esta situación crítica, se implementaron medidas para abordar la carga psicosocial, según las orientaciones del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, con el objetivo de garantizar el bienestar emocional de su personal. En este sentido, el Sergas llevó a cabo una evaluación de riesgos psicosociales que resultó en un conjunto de medidas que se están llevando a cabo en las distintas áreas sanitarias desde principios de 2023.
"Actualmente, el Sergas continúa trabajando en la implementación de medidas que aseguren la salud y seguridad de su personal en el puesto de trabajo", concluyó el informe oficial.
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