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Juicio por la muerte de un trabajador en Alcoa San Cibrao se pospone hasta abril de 2025.

Juicio por la muerte de un trabajador en Alcoa San Cibrao se pospone hasta abril de 2025.

La audiencia programada para este miércoles en relación a la trágica muerte de un operario de la empresa auxiliar Reymogasa en la planta de Alcoa en San Cibrao, Lugo, ha sido suspendida por irregularidades en la citación de testigos y peritos. La magistrada del Juzgado de lo Penal número 2 de Lugo ha determinado que el juicio será reprogramado para el 23 de abril de 2025 a las 11:15 horas.

Esta decisión llega después de que la fiscalía pidiera la suspensión del juicio debido a la falta de citaciones pertinentes, lo que imposibilitaba la opción de llevar a cabo la prueba. Los defensores de los acusados han coincidido con esta solicitud, lo que ha llevado a que finalmente se posponga la audiencia hasta 2025.

El Ministerio Público solicita una pena de dos años de prisión para cada uno de los cuatro acusados, bajo la acusación de homicidio imprudente, en relación a un delito que atenta contra los derechos laborales. Además, se está pidiendo dos años de inhabilitación profesional como parte de las consecuencias legales de este caso.

Al salir de la vista, el abogado Juan Luis González, quien representa a dos de los acusados de Reymogasa, ha indicado a los medios que la suspensión se debió a que “no se han citado debidamente a testigos y peritos de las partes”.

González consideró prematuro pronunciarse sobre la posibilidad de buscar un acuerdo previo o la absolución de sus representados, dado que aún queda un largo tiempo antes del juicio. Sin embargo, enfatizó que cuentan con sólidos argumentos de defensa. Otro abogado, que representaba a un cliente diferente, expresó que podría solicitar la libre absolución para su defendido.

El incidente laboral que dio lugar a este juicio ocurrió en 2017 dentro de las instalaciones del horno de cocción de Alcoa. Los acusados incluyen al jefe de equipo y al jefe de obra de Reymogasa, así como al responsable de prevención de riesgos laborales y al encargado de producción de Aluminio Español SLU de Alcoa.

De acuerdo con el informe presentado por la fiscalía, los acusados, cada uno en su respectiva área de responsabilidad, crearon las circunstancias que llevaron a la muerte del trabajador de la empresa Reymogasa.

Los hechos se remontan al 11 de abril de 2017, cuando dos operarios de Reymogasa se encontraban realizando una inspección semestral en una plataforma a unos siete metros del suelo, donde los espacios eran limitados debido a la presencia de pilares metálicos. Uno de los trabajadores debía actuar como observador, equipado con un walkie-talkie, mientras su compañero llevaba a cabo la revisión de los carriles.

En un momento dado, el puente grúa número 3 empezó a moverse hacia atrás, aplastando al operario que estaba realizando la inspección contra uno de los pilares, lo que resultó en su muerte instantánea.

La acusación sostiene que este trágico incidente es el resultado de una deficiente coordinación entre las dos empresas implicadas, es decir, la contratista Aluminio Español SLU y la subcontratada Reymogasa, quienes permitieron que las actividades de mantenimiento y producción se desarrollaran simultáneamente sin implementar las medidas necesarias de seguridad y coordinación, a pesar de la notoria peligrosidad de la tarea que desempeñaba el fallecido.

Asimismo, se destaca que el operario del puente grúa no fue informado sobre la presencia de trabajadores en la zona en el momento del accidente, lo que contribuyó a que este operara sin el conocimiento de las actividades de mantenimiento que se llevaban a cabo.

La acusación también señala que no se establecieron protocolos claros que indicaran quién debía comunicar al operador del puente grúa la presencia de los trabajador en la zona de peligro. A pesar de la complejidad del procedimiento, los dos operarios de Reymogasa se consideraron responsables de dar aviso, rompiendo así la cadena de comunicación necesaria para garantizar la seguridad laboral.

La fiscalía ha apuntado que el encargado de producción de Aluminio firmó los permisos de acceso y trabajo, que no exigían coordinación entre ambas empresas y desestimaban la necesidad de consignar ningún equipo dentro de la nave.

En el mismo sentido, el jefe de prevención de riesgos laborales de Aluminio aprobó el permiso para realizar el trabajo sin implementar mecanismos de control entre empresas, lo que reitera la falta de protocolos apropiados que podrían haber prevenido esta tragedia.

Finalmente, se observa que los directivos de Reymogasa no se aseguraron de que se cumplieran todas las condiciones necesarias para realizar la labor de mantenimiento de manera segura. Los encargados de prevención de riesgos laborales de Aluminio también fallaron en adoptar las medidas necesarias para asegurar un ambiente laboral seguro, permitiendo que recayera la responsabilidad sobre los mismos trabajadores. La esposa de la víctima ha decidido renunciar a cualquier acción civil o penal tras recibir compensaciones de las aseguradoras de ambas empresas.