
El día de hoy en Pontevedra, la sección cuarta de la Audiencia Provincial ha dictado una condena ejemplar contra un hombre acusado de maltrato habitual, agresión sexual continuada y varios delitos de lesiones contra su pareja, que casi suma un total de 17 años de prisión.
De acuerdo con la sentencia emitida este miércoles, los hechos tuvieron lugar a lo largo de aproximadamente un año de relación entre el acusado y la víctima, entre finales de 2018 y finales de 2019, empeorando cuando comenzaron a vivir juntos tan solo cuatro meses después de iniciar su noviazgo.
Los jueces de la sala consideraron que el hombre mantenía una actitud extremadamente celosa y agresiva, anulando la voluntad de la mujer y sometiéndola físicamente para imponerse, creando un ambiente de miedo y control.
Se describen diversos actos violentos perpetrados por el acusado, como golpes, lesiones con un cuchillo, relaciones sexuales forzadas, puñetazos, patadas, jalones de cabello para arrastrarla e incluso un incidente en el cual roció la cara de la víctima con espray insecticida, entre otros, algunos presenciados por la hija de seis años de la mujer.
La Audiencia expresó su firme convencimiento sobre la credibilidad del relato de la víctima, en tanto que la versión del acusado fue considerada inverosímil y con contradicciones notorias y sin justificación alguna.
El tribunal provincial absolvió al acusado de un delito de amenazas leves debido a falta de pruebas, pero lo declaró culpable de maltrato habitual, seis delitos de lesiones leves en el contexto de violencia de género, y un delito continuado de agresión sexual, aplicando ciertas circunstancias atenuantes y agravantes, respectivamente.
Como resultado, la Audiencia impuso al acusado una condena de 16 años y 10 meses de cárcel, además de una prohibición de tenencia de armas por un período de 16 años y 9 meses, así como medidas de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima por un total de 18 años, y libertad vigilada por 8 años tras su liberación.
Además, se ordenó al acusado indemnizar a la mujer con 5.500 euros por las lesiones y el daño emocional, así como al Sergas con 525,21 euros por la asistencia médica brindada a la víctima.
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