
A CORUÑA, 2 de junio. La reciente decisión del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha generado un importante revuelo en el ámbito medioambiental. Este tribunal ha optado por suspender de forma cautelar las autorizaciones necesarias para la construcción de tres parques eólicos en la provincia de Lugo, que incluyen el parque eólico Monte Contado, el parque eólico Paradela y el parque eólico Carballal.
El fallo referido al parque Monte Contado indica que la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo ha tomado la decisión de suspender las obras ante la evidencia de posibles daños irreparables al entorno natural que implicarían dichas construcciones. La sentencia destaca que alguna de las torres eólicas se localizaría a menos de un kilómetro de áreas pobladas, lo que eleva las preocupaciones sobre el impacto ambiental y humano en estas comunidades.
Los magistrados subrayan con firmeza que existen indicios sólidos de que las instalaciones podrían tener consecuencias graves e irreversibles para la salud de los residentes cercanos, especialmente considerando el incremento en la contaminación acústica que generaría su operación. Así lo han manifestado en su auto, al referirse a la situación de "periculum in mora", lo que implica un riesgo inminente para las personas afectadas.
En relación al parque eólico Paradela, el TSXG apuntó a la mención de especies vulnerables en la Declaración Ambiental Estratégica (DAE) emitida por el Ministerio para la Transición Ecológica. Este hecho resalta la existencia de valores ambientales significativos que deben ser cuidadosamente considerados en el proceso de evaluación, reflejando la importancia de la protección de la biodiversidad en la planificación de proyectos energéticos.
El tribunal destacó que al menos tres aerogeneradores previstos para el parque estarán ubicados peligrosamente cerca de viviendas, lo que contraviene las distancias recomendadas y podría comprometer tanto la seguridad como el bienestar de los vecinos.
El TSXG reafirma en su resolución que es crucial garantizar no solo la protección de la naturaleza, incluyendo diversas especies animales y vegetales, sino también el cuidado de la salud y el bienestar de las personas residentes en la zona afectada, lo que refuerza la presencia del “periculum in mora” en este contexto.
En su análisis del proyecto del parque Carballal, el tribunal ha considerado que existen pruebas suficientes, respaldadas por información del Ministerio para la Transición Ecológica, que indican la probable presencia de especies protegidas en el área. Además, enfatizan que la instalación de algunos aerogeneradores a menos de un kilómetro de núcleos urbanos plantea serias dudas sobre las medidas adecuadas para mitigar los efectos acumulativos que pudiera provocar la coexistencia de varios proyectos energéticos en una misma región.
Finalmente, el tribunal critica la falta de claridad y especificidad en las propuestas para abordar los impactos combinados que estos proyectos generarían, especialmente ante la considerable presión que se acumula con el crecimiento de la instalación de energía eólica en la zona. En este sentido, la protección del medio ambiente y la salud humana deben ser prioritarias en el desarrollo de energías renovables.
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