
El abogado defensor de Francisco Garzón, el maquinista involucrado en el trágico accidente del tren Alvia en Angrois en julio de 2013, ha argumentado con fuerza que la clave del caso radica no en el hecho de si un incidente de este tipo podía ocurrir, sino en cuándo sucedería, una afirmación que coincide con la conclusión alcanzada por la jueza del caso.
En una reciente jornada en Santiago de Compostela, el abogado Manuel Prieto ha presentado formalmente un recurso promoviendo la libre absolución de su cliente, quien ha sido condenado a 79 años de prisión por homicidios imprudentes. Este recurso llega justo cuando finalizaba el plazo establecido por la jueza Elena Fernández Currás, quien emitió la sentencia en julio.
Además de Garzón, el otro condenado en este caso es Andrés Cortabitarte, exdirector de seguridad de Adif, la entidad responsable de la seguridad ferroviaria. En un giro inesperado, la Fiscalía decidió retirar sus acusaciones contra él en el último momento, confirmando también su intención de presentar un recurso.
Por su parte, Renfe ha seguido una línea similar al recurrir la sentencia sobre el accidente, pidiendo además que se reconozca un atenuante por reparación del daño en relación con el maquinista.
El recurso presentado por la defensa de Garzón solicita que se declare su plena absolución y, en caso de no ser así, que los hechos sean considerados como una falta, según el Código Penal aplica en el momento del siniestro. Prieto recalca que si la absolución no es viable, se deberían aplicar circunstancias atenuantes que disminuirían en dos grados la pena impuesta.
Uno de los puntos principales del recurso es la alegación de un "error en la apreciación de la prueba", así como una infracción del derecho a la presunción de inocencia y el principio indubio pro reo, elementos que, según el defensor, se habrían vulnerado en el proceso.
En su argumentación, el letrado considera que las conclusiones sobre la responsabilidad de Adif deberían haber llevado a la absolución total de su cliente por los delitos de homicidio y lesiones imprudentes en los que se basa su condena. En su opinión, lo ocurrido no fue una cuestión de si el accidente podría haber sucedido, sino de cuándo se produciría, un punto que también coincide con el razonamiento de la juez.
El abogado enfatiza que tanto Adif como Renfe eran responsables de garantizar la seguridad de los maquinistas, y que no se tomaron las medidas adecuadas para mitigar los riesgos inherentes a sus operaciones. Según Prieto, la falta de consideración del factor humano en la conducción del tren es una negligencia peligrosa, diezmada durante el juicio, que ha quedado reflejada en la sentencia.
Asimismo, Prieto critica al Adif por haber emitido un cuadro de velocidades máximas que considera erróneo y que nunca se sometió a un análisis adecuado. Esto, argumenta, transformó la curva de A Grandeira en un punto de riesgo crítico sin supervisión o controles adecuados, contribuyendo a la tragedia.
En otro aspecto relevante, el abogado alega que la legislación aplicable sobre prevención de riesgos laborales y seguridad ferroviaria fue incorrectamente interpretada y aplicada, lo que afectó el juicio. Argumenta que el riesgo de descarrilamiento por exceso de velocidad no fue correctamente transferido a Renfe, lo que correspondería en última instancia a Adif.
Finalmente, Prieto plantea que, si se establece alguna responsabilidad penal sobre Garzón, esto debería clasificarse como una falta leve, en un recurso que ha sido presentado con hasta ocho motivos diferentes, cada uno abordando distintas aristas del caso legal.
Newsletter
Entérate de las últimas noticias cómodamente desde tu mail.