Mujer sentenciada a ocho años de prisión por el asesinato de un hombre conocido en redes sociales en Cortegada.
En un caso que ha conmocionado a la comunidad de Ourense, la Audiencia Provincial ha dictado una sentencia que condena a una mujer a ocho años de prisión por el asesinato de un hombre al que conoció a través de internet. Este trágico suceso tuvo lugar en agosto de 2021 en una aldea del municipio de Cortegada, poniendo de relieve la complejidad de las relaciones virtuales en la era digital.
La mujer ha sido considerada culpable de un delito de asesinato consumado, aunque se le reconoció una eximente incompleta debido a anomalías psíquicas, así como dos circunstancias atenuantes: su disposición a confesar y el hecho de que intentó reparar el daño causado al ingresar una parte de la indemnización a la familia del difunto.
El tribunal ha establecido que la acusada conoció a la víctima, un hombre que residía en Cataluña, a través de una red social. Luego de intercambiar teléfonos, concertaron un encuentro en persona. El hombre viajó hasta Vigo, donde la mujer lo recogió en el aeropuerto y lo llevó a su hogar en Cortegada.
Durante los tres días que convivieron, según la sentencia, surgieron varias discusiones entre ambos. En un acto premeditado, la mujer administró al hombre una mezcla de un fármaco hipnótico y un antidepresivo, lo que lo sumió en un estado de inconsciencia.
En este contexto de vulnerabilidad, y aprovechando la cercanía de su hogar, la acusada tomó la fatal decisión de acabar con la vida del hombre. Utilizando un almohadón, presionó con fuerza contra su cara, lo que le causó la muerte por asfixia instantánea.
La situación se tornó aún más macabra cuando el jurado popular constató que la mujer trasladó el cadáver al jardín de su casa, donde realizó hogueras para incinerar el cuerpo, empleando gasolina para acelerar el proceso y luego fragmentando el cadáver con una pala.
El fallo del tribunal también reveló que la acusada padece trastornos de ansiedad generalizada, trastorno obsesivo-compulsivo y un trastorno de personalidad, lo que ha llevado a considerar que existía una "limitación moderada de la voluntad" en relación con el homicidio. Sin embargo, resaltaron que, a pesar de sus condiciones mentales, estaba en plena capacidad de entender la ilegalidad de sus acciones, especialmente en lo que respecta a la manipulación y eliminación del cadáver.
Es importante destacar que esta condena no es definitiva, ya que la defensa tiene la opción de presentar un recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, lo que añade una capa adicional de complejidad a este caso judicial que ha captado la atención del público.
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